A- de 2022
Ponente Gloria Stella Ortiz Delgado
✓Demandante De Oficio Procesado Mejia Mayorga Oscar Y Otros·Demandado Mejia Mayorga Oscar Y Otros
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Carácter limitado, excepcional y restringido
- Conocimiento de procesos que vinculen a miembros de la fuerza pública por delitos cometidos en servicio activo sin relación con el servicio
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicción suscitado entre la Fiscalía 114 Especializada contra Violaciones a los Derechos Humanos de Neiva y el Juzgado 51 de Instrucción Penal Militar.
La controversia entre las autoridades mencionadas se originó en un proceso penal adelantado contra varios miembros de la Fuerza Pública en servicio activo por el delito de homicidio.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Corte determinó que, ante la duda respecto del vínculo directo entre el hecho delictivo y el servicio, como elemento funcional del fuero penal militar, le corresponde a la jurisdicción penal ordinaria el conocimiento de una investigación adelantada contra miembros de las Fuerzas Militares.
Con base en lo anterior se ordenó enviar el expediente a la Fiscalía 114 Especializada contra Violaciones a los Derechos Humanos de Neiva, para que comunique la presente decisión al Juzgado 51 de Instrucción Penal Militar y a los sujetos procesales interesados en este trámite.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 51 de Instrucción Penal Militar y la Fiscalía 114 Especializada contra Violaciones a los Derechos Humanos, en el sentido de DECLARAR que la Fiscalía 114 Especializada contra Violaciones a los Derechos Humanos de Neiva es la autoridad competente para conocer del proceso penal que se adelanta por el homicidio del señor Guillermo Pito Campo.
- SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-1969 a la Fiscalía 114 Especializada contra Violaciones a los Derechos Humanos de Neiva, para que comunique la presente decisión al Juzgado 51 de Instrucción Penal Militar y a los sujetos procesales interesados en este trámite.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.